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6/25/2020
UNIDAD 3 ESTADO DE DERECHO
La Constitución Nacional
Una constitución es una norma que regula la
organización y el ejercicio del poder. Asegura el respeto de los derechos de
las personas y, como toda norma, rige a las conductas y tiene carácter
obligatorio. Por lo tanto, debe ser cumplida y respetada por los gobernantes y
gobernados.
También
es un instrumento de gobierno porque señala cuáles son los fines que inspiran
al estado (el bienestar general, la libertad, la justicia y la dignidad del
hombre) y cuáles son los medios con que cuenta el estado para cumplir esos
objetivos (la democracia, el sistema republicano, la potestad tributaria, entre
otros).
La
constitución también es un símbolo de la nacionalidad. Ella expresa las
expectativas y los valores que predominan en una sociedad y que comparten todos
y cada uno de sus habitantes.
Estos
tres aspectos –la norma, el instrumento de acción política y el símbolo- se
influyen en forma permanente y recíproca. Por ello se puede afirmar que la
constitución es la ley fundamental (norma) que regula la organización básica
del estado (instrumento de gobierno), pero solo tiene estas características si
representa los valores que imperan en una sociedad (símbolo).
En
el caso de nuestro país, la Constitución Nacional es la Ley Suprema o
Fundamental de la República Argentina (Artículo 31) porque organiza jurídica y
políticamente al Estado Nacional, en parte a los estados provinciales, y sobre
todo porque reconoce la totalidad de los principales derechos de los habitantes
de la nación garantizando su efectivo ejercicio.
Art. 31: Esta
Constitución, las leyes de la Nación que en su consecuencia se dicten por el
Congreso y los tratados con las potencias extranjeras son la ley suprema de la
Nación; y las autoridades de cada provincia están obligadas a conformarse a
ella, no obstante cualquiera disposición en contrario que contengan las leyes o
constituciones provinciales, salvo para la provincia de Buenos Aires, los
tratados ratificados después del Pacto de 11 de noviembre de 1859
La
razón de ser de esta declaración es que, para que haya seguridad jurídica, las
leyes no pueden aglomerarse de una manera desordenada y caótica. Para que
exista un ordenamiento, debe haber una norma superior a la cual se subordinen
las demás normas. La norma ubicada en un nivel superior tiene más valor que las
normas situadas en planos inferiores. La norma inferior no puede contradecir a
la norma superior. Esta siempre debe prevalecer y debe aplicarse en lugar de la
norma inferior. En nuestro país, ese orden es encabezado, por la Constitución
Nacional, y a ella deben subordinarse el resto de las normas.
Cabe
aclarar que cualquier ciudadano a través de una acción judicial puede pedir que
se declare inconstitucional (contraria a la Constitución) una norma inferior, y
que tal misión corresponde al Poder Judicial, sobre todo a la Corte Suprema de
Justicia de la Nación.
Del
carácter supremo de la Constitución Nacional surgen dos aspectos básicos:
o La organización jurídico – política del Estado.
o El reconocimiento de los derechos fundamentales
de los habitantes.
La organización jurídico – política está dada
precisamente por la Constitución Nacional, que establece:
La
forma de gobierno: representativa, republicana y federal.
La división de los poderes del Estado según
la forma republicana y quienes serán las personas que los ejercerán, cumpliendo
las funciones básicas del mismo: dictar leyes (Poder Legislativo), ejecutarlas
(Poder Ejecutivo) y finalmente, aplicarlas en los casos concretos (Poder
Judicial).
En
lo que respecta a derechos y garantías de los habitantes de la Nación, como son
facultades innatas al hombre y la ley, en este caso la Constitución Nacional,
no hace sino reconocerlos, concretándolos en textos claros y precisos,
garantizando su ejercicio mediante normas instrumentales. Todo esto se concreta
en lo que se conoce como “supremacía de la Constitución Nacional”.
Los derechos fundamentales de los hombres,
son anteriores a la propia ley, y la Constitución no los crea, no los
establece, reconoce que existen y los regula conforme a los principios básicos
que la orientan.
Los Antecedentes Históricos
La historia de la formación del estado
argentino, que se inicia en los principios del siglo XIX, es contemporánea al
movimiento constitucionalista que se estaba desarrollando a nivel mundial. El
primer paso en dicha dirección fue la formación del primer gobierno patrio
luego de la Revolución de Mayo de 1810.
En
nuestro país, el primer antecedente constitucional es la llamada Asamblea del
Año XIII, que no logró cumplir los objetivos de declarar la independencia y
sancionar una constitución debido a las diferencias entre los representantes de
Buenos Aires y del resto de las provincias. Sin embargo realizó una
extraordinaria obra legislativa a favor del principio de igualdad, al eliminar
los títulos de nobleza y proclamar la libertad de vientres. La adopción de una
bandera, un escudo y un himno, y la autorización de acuñar moneda fueron
medidas que anticiparon la emancipación definitiva.
La
emancipación llegaría finalmente el 9 de julio de 1816. El Congreso General
Constituyente, reunido en San Miguel de Tucumán, declaró la independencia pero
no pudo dictar una constitución. En 1819, ya trasladado a Buenos Aires, el
Congreso logró la sanción de una constitución que no fue jurada por las
provincias que no estaban de acuerdo
con
la forma de estado unitaria que imponía, con un Poder Ejecutivo unipersonal y
un Poder Legislativo bicameral, con un Senado con rasgos aristocráticos. Este rechazo
dio origen, en 1820, a la batalla de Cepeda, en la cual se enfrentaron los
caudillos del interior contra el Director Supremo, la autoridad nacional de
entonces.
En
1826 se produjo un nuevo intento para sancionar una constitución. Pero, el
nuevo texto redactado por el Congreso General Constituyente convocado para
ello, tampoco fue aceptado por las provincias, porque volvía a establecer la
forma de estado unitaria, desconociendo el poder de cada una de ellas. En ésta,
se consagraba un Poder Ejecutivo en manos de un Presidente, un régimen
Legislativo bicameral y gobernadores provinciales designados por el Presidente
con el acuerdo del Senado.
La
nación continuó estructurando su organización mediante acuerdos entre las
provincias -los pactos interprovinciales- en los que éstas se iban pronunciando
por la forma federal de gobierno. El más importante de estos acuerdos fue el
Pacto Federal de 1831, que con una vigencia de más de veinte años ordenó
jurídicamente a la Confederación, período en el cual las provincias fueron
adoptando una organización interna, formaron sus propias legislaturas y
designaron a sus gobernadores.
Las
luchas civiles entre unitarios y federales demoraron la definitiva organización
constitucional. Entre 1829 y 1852, Juan Manuel de Rosas, gobernador de Buenos
Aires, utilizó su inmenso poder para impedir cualquier acción en ese sentido.
En 1852, el general Justo José de Urquiza derrotó a Rosas en la batalla de
Caseros e inmediatamente se comenzó a organizar la realización de un nuevo
Congreso General Constituyente. El mismo se reunió en Santa Fe y sancionó la
Constitución Nacional el 1 de Mayo de 1853, que fue promulgada el 25 de Mayo y
jurada por las provincias el 9 de Julio de ese año. Buenos Aires no participó
de dicho congreso y fue recién en 1859, tras la firma del Pacto de San José de
Flores, cuando acepta incorporarse a la entonces llamada Confederación
Argentina. Para esto, se reforma la Constitución en 1860, quedando
definitivamente constituida la República Argentina.
Además
el texto constitucional argentino toma como fuentes también, la Constitución de
los Estados Unidos, la de Francia y la Declaración de los Derechos del Hombre y
del Ciudadano, así como el pensamiento de Juan Bautista Alberdi, volcado en su
obra Bases y puntos de partida para la organización argentina (1852).
La Convención
Constituyente de Santa Fe
El
Cabildo de la ciudad de Santa Fe sería sede de la Convención o Congreso
Constituyente. A mediados de noviembre de 1852, ya se encontraban en la ciudad
la mayor parte los representantes de las provincias, quienes bajo la
presidencia de Fray José Manuel Pérez comenzaron a reunirse en sesiones
preparatorias a la instalación del congreso.
La
inauguración oficial se hizo el 20 de noviembre bajo la presidencia del
diputado por Salta, Facundo Suviría. Manuel Leiva, representante de Santa Fe,
fue designado
vicepresidente,
y fueron secretarios los diputados
Delfín Huergo, por San Luis, y Juan Francisco Seguí, otro diputado por Santa
Fe.
La
Comisión encargada de redactar el proyecto de la Carta Magna estuvo formada por
los diputados José Benjamín Gorostiaga (Santiago del Estero), Juan Del Campillo
(Córdoba), Juan María Gutiérrez (Entre Ríos), Salustiano Zavalía (Tucumán),
Pedro Días Colodrero (Corrientes), Martín Zapata (Mendoza) y Manuel Leiva
(Santa Fe).
Una
vez presentado por la Comisión, el articulado del proyecto pasó a debate en
sesiones que comenzaron el 20 de abril de 1853, y duró solo diez días, de modo
que puede afirmarse que no se hizo un examen minucioso de los artículos, sino
que los diputados confiaron en la labor realizada por los redactores del
proyecto propuesto.
Inicialmente,
el propio presidente del congreso, Facundo Zuviría, se había opuesto a que se sancionara
la Constitución por considerarlo impropio mientras Buenos Aires continuara
separada del resto de las provincias. Finalmente, la Constitución obtuvo
aprobación el 1 de Mayo de 1853.
ACTIVIDADES
1º¿ Porque la
constitucion nacional es la ley suprema y fundamental del estado?
2º Realizar una linea
de tiempo con los antecedentes históricos de la constitución .
3º Complete el siguiente esquema.
6/19/2020

En 2020 se cumplen doscientos cincuenta años del nacimiento de Manuel Belgrano y doscientos de su muerte. Con cada año que pasa, su figura y su legado parecen hacerse más grandes.
Recordamos no solo su valiente papel en la Guerra de Independencia, sino también sus proyectos y sus ideales. Belgrano nos invita a reflexionar y a hacer
historia juntos.
Entrevista a Eduardo Sacheri
“Belgrano es un ejemplo de humildad y de poner a los demás por encima del propio interés”
Eduardo Sacheri, destacado escritor y profesor de Historia, conversó con nosotros sobre Manuel Belgrano, sus ideas, su vida y, por supuesto, la creación de la Bandera.
Belgrano, una figura central de nuestra Independencia, otorgaba mucha importancia a la educación. ¿Cuáles de sus ideas en este campo son más relevantes?

Antes de ser un revolucionario, Belgrano fue funcionario del Consulado durante muchos años. Es decir, era un funcionario de la colonia, del Imperio español. Era un reformista, pretendía que los cambios, la modernización del país, se pudieran llevar adelante en el marco del Imperio español. No proponía directamente una ruptura con España, sino una modernización del vínculo. Una modernización económica y social de las colonias españolas dentro del marco del Imperio español. Recién cuando se produce la crisis de las guerras napoleónicas, la prisión de Fernando VII en manos de Napoleón, Belgrano, junto con otros intelectuales de la época, comienza a pensar que es imprescindible dar el paso revolucionario, porque ya no es posible llevar adelante esa modernización en el marco del Imperio.
En ese contexto, su primer gran proyecto educativo lo genera precisamente siendo funcionario del Consulado. Belgrano intenta diseñar un sistema de lo que llamaríamos hoy “educación pública”. En una época en la que las pocas escuelas existentes dependían de la Iglesia, Belgrano propone utilizar recursos de los impuestos para abrir escuelas primarias donde se enseñara a leer y a escribir, y aritmética, a todos los chicos y también a las chicas. Belgrano le daba mucha importancia a que las mujeres recibieran educación; en aquel momento la educación era muy deficitaria y llegaba a muy poca gente, y esos pocos eran varones. Belgrano advierte la importancia de que las mujeres reciban educación.
¿Qué ideas tenía Belgrano sobre las actividades productivas y el comercio?
Belgrano tenía en mente una idea modernizadora. Pertenece a una generación que advertía que el futuro económico del mundo se relacionaba con la Revolución Industrial y el comercio diverso, internacional, es decir, un comercio no monopólico como el que imponía España. Además, proponía una economía que no fuera monoproductora de cueros y carne salada, como la del Río de la Plata en aquella época, ni dependiente de la minería de la plata, como la economía del Virreinato. Belgrano se imagina una economía mucho más diversa y moderna. En este sentido, proponía el fomento de artesanías, y eventualmente de industrias, más diversificadas. Por eso también apoyaba el libre comercio, entendido como la posibilidad de vincularse comercialmente con otros países, sobre todo con Inglaterra, y no exclusivamente con España, una potencia de segundo orden que mantenía a sus colonias muy dependientes desde el punto de vista económico. Belgrano y los hombres de su generación entendían que vincularse con Inglaterra era un modo de relacionarse con la economía más dinámica de Europa de ese momento y, a mediano plazo, imaginaban una modernización económica mucho más venturosa.
En el Congreso de Tucumán, Belgrano participó de los debates sobre la forma de gobierno que adoptaría nuestro territorio ya independiente. Él proponía adoptar el sistema monárquico. ¿Por qué?
Piensen que el Congreso de Tucumán se reúne a partir de 1816, cuando las provincias en las que ha estallado el Virreinato se encuentran en una situación de caos y enfrentamiento muy fuerte entre ellas. No logran ponerse de acuerdo sobre la forma de gobierno que se debía adoptar ni tampoco sobre una distribución regional del poder. Buenos Aires pretendía, como excapital del Virreinato, que las otras regiones la obedecieran. Esas otras regiones del Virreinato le niegan obediencia. En definitiva, se está empezando a manifestar lo que va a ser el muy largo conflicto entre unitarios y federales. Todavía no había estallado con esos nombres, pero estaba yendo en esa dirección. Además, esta sociedad que está saliendo de la colonia es una sociedad muy preocupada por la posibilidad de un desorden social. Esa es una gran inquietud sobre todo para el grupo de los blancos, los descendientes de españoles, tanto peninsulares (nacidos en España) como criollos (nacidos en América). Los atemoriza lo sucedido en Haití después de la Revolución francesa, cuando los esclavos negros mataron a casi todos los blancos de la isla. Es como una pesadilla que va a perseguir a los revolucionarios hispanoamericanos, se van a seguir preguntando: “¿No nos habremos equivocado iniciando una revolución que puede tener un contenido social, además del contenido político de separarnos de España?”.
Entonces, la idea de un rey, de una monarquía, les suena mucho más estable que la idea de una república. En esa época, el único país que tenía una democracia con sufragio, bastante democrático y donde votaba mucha gente, que elegía a un presidente y a sus autoridades cada cuatro años, es decir que era una república, eran los Estados Unidos. No había otros que estuvieran funcionado y Estados Unidos lo era desde 1776, un ejemplo todavía muy joven. De ahí que muchos revolucionarios pensaran en una monarquía. La revolución del período de 1810 en adelante se trata sobre todo de sacarse de encima al rey de España, no la idea de una monarquía en sí misma. Es importante hacer esta distinción. En realidad, puede resultar excéntrico que la idea de Belgrano fuera proponer a un inca como rey, pero hay que tener en cuenta que los revolucionarios proponían una monarquía parlamentaria, en la que el Parlamento manejara el poder y el rey fuera una figura última de respaldo, más bien decorativa, como ya lo era el rey de Inglaterra. Es decir, la revolución era contra el rey de España, que era un rey absoluto, para darle el poder a otro rey limitado por una Constitución, que fuera una reserva última de poder y, sobre todo, impidiera una anarquía que se los pudiera llevar puestos a ellos mismos, es decir, a las clases pudientes de América.
Aunque su figura ha quedado asociada a la Bandera, Belgrano es mucho más que su creador. Como profesor de Historia, ¿qué aspectos de su vida y de su pensamiento te parecen importantes para trabajar en las escuelas? ¿Por qué?
Por un lado, su capacidad de anticipación. Belgrano, cuando ve que Inglaterra y Francia son países para imitar, está haciendo algo parecido a lo que hará Sarmiento cuarenta años después cuando sostenga que el modelo a imitar es Estados Unidos. Belgrano y Sarmiento están viendo las potencias de la época, los países realmente fuertes y vigorosos que están creciendo mucho, e intentan parecerse a esos países. El gran interés de Belgrano es la modernización, el desarrollo económico, el crecimiento y el bienestar de la población. Mientras piensa que eso se puede dar dentro del Imperio español, es funcionario del Consulado; cuando siente que eso ya no es posible, se hace revolucionario. Es gente que tiene los pies en la tierra. No sostiene principios ideológicos muy alejados de la realidad ni fuerza la realidad para que se parezca a sus principios ideológicos, sino que va construyendo esos principios a medida que va experimentando, va probando, se va equivocando, va fracasando. Y, en ese sentido, su manera de aprender sobre el terreno y cambiar de ideas sobre el terreno me parece que es algo muy positivo para tener en cuenta.
Además, valores como la honradez y el desinterés personal. Belgrano es uno de esos que cuando le den un premio por una batalla ganada, donará el dinero para abrir escuelas. No tiene ningún interés personal ni en el dinero ni en la fama o el reconocimiento. Le importa mucho más lo que está haciendo que el hecho de que su figura personal sea resaltada. En ese sentido, me parece que es un ejemplo de humildad y de poner a los demás por encima de su propio interés, muy interesante para una época como la que nos toca vivir.
Pensando en tu rol de escritor, ¿qué aspecto de la vida de Manuel Belgrano podría inspirarte una novela?
Belgrano es un personaje muy falible en el sentido de que no es un experto en lo que le toca hacer, sino que va aprendiendo sobre la marcha. A lo mejor habría que ir abandonado la idea de que Belgrano es un mal militar, un fracaso como general. Lo que pasa es que es un abogado que tienen que ir aprendiendo a ser general sobre la marcha. Y las referencias que da San Martín sobre él, en tanto militar, no son malas. Digo, pensando en lo que un militar de carrera valorará de quien no es un militar de carrera, es esta capacidad de ir organizando y construyendo un ejército, e involucrando a las personas en esa lucha tan difícil que tienen por delante.
Todos los revolucionarios, no solo Belgrano, nadan en un mar de desconfianza y apatía. Es hora de ir abandonado la idea de que toda la población se sumó festivamente a la revolución. Eso puede haber pasado los primeros días de mayo de 1810, cuando parecía que la revolución iba a ser incruenta, pero cuando quedó claro que implicaba la guerra y los sacrificios y peligros que traía aparejados, los revolucionarios se quedaron muy solos, eran muy pocos y se movían en medio de la indiferencia general, cuando no la enemistad. La gran epopeya de Belgrano de obligar, convencer a los jujeños de dejar Jujuy y bajar hasta Salta porque ahí iban a ser aniquilados; y la batalla de Tucumán y de Salta, cuando Belgrano desobedece las instrucciones que recibe porque siente que si sigue bajando hasta Córdoba la población va a sufrir muchísimo, y decide plantear batalla ahí y gana… es una aventura extremadamente literaria. Como también lo son sus amores secretos, porque no es un tipo que se ufane de esas historias de amor que atraviesa y protagoniza. Y su final de 1820, no solo pobre, arruinado y enfermo, sino también con la sensación de que han peleado en vano, porque en 1820 las provincias unidas son cualquier cosa menos provincias unidas, y da la sensación de que la lucha de esa primera generación de revolucionarios ha sido inútil. Por eso la muerte de Belgrano se da en medio de una enorme melancolía, porque además de los dolores, la pobreza, etc., hay una dosis de decepción por tanto sacrificio hecho que parece ser inútil.

Eduardo Sacheri. “Escritor. Profesor de Historia. Un trasnochado que cree en los valores republicanos, las instituciones, la ley y cosas así”. Así se presenta Eduardo Sacheri en Twitter. Es un destacado autor argentino, licenciado en Historia por la Universidad Nacional de Luján, y ejerce la docencia secundaria y universitaria. Su primera novela, La pregunta de sus ojos (2005), fue llevada al cine con mucho éxito (El secreto de sus ojos, 2009). Escribió asimismo muchos cuentos y relatos cortos vinculados con el mundo del fútbol.
Nuestra Bandera
El 27 de febrero de 1812, en las barrancas del río Paraná, por orden de Belgrano se enarboló nuestra Bandera frente a las tropas. La izó por primera vez Cosme Maciel, un vecino del poblado de Rosario.
De inmediato, Belgrano envió un mensajero al gobierno comunicándole la creación de la Bandera. El Triunvirato, que había aceptado la Escarapela, le ordenó no desplegarla. Pero esta decisión no llegó a tiempo porque Belgrano ya había marchado hacia el norte con su ejército.
En 1816, el Congreso de Tucumán aprobó su uso. Dos años después, en 1818, el mismo Congreso incorporó un Sol en el medio de la franja blanca. El sol representa a Inti, el dios Sol inca, como una forma de incorporar a nuestra bandera un elemento americano. Ese Soa recibe el nombre de Sol de Mayo. Comenzó a utilizarse en las primeras monedas acuñadas en nuestro territorio y en nuestro Escudo.
ACTIVIDAD MIRAMOS EL SIGUIENTE VIDEO
Te propongo investigar
- ¿Porque nuestra bandera es celeste y blanca ?
- La bandera de ceremonia ¿ cuando hay que colocar la bandera en la cuya?
- Dibujar nuestra bandera .
6/01/2020
PROCESO DE SOCIALIZACION
El ser humano aparte de ser un ser racional es un ser sociable. Debe vivir en sociedad y es propio de la conducta humana. La convivencia social es imposible si no existen límites a las libertades individuales. ¿Cómo es posible poner ciertos limites y evitar que surjan conflictos entre los seres humanos que viven en una misma sociedad? Una de la manera es fijar reglas que nos indique como es correcto o más conveniente actuar ante distintas situaciones. A estas reglas o pautas de comportamiento social las llamamos normas sociales. La norma social es el conjunto de reglas o pautas conferidas para ajustar las conductas. La norma social constituye un orden de valores orientativos que sirve para regular y definir el desarrollo de comportamientos comunes, a los que otorga cierto grado de legitimidad y consentimiento. La aplicabilidad de la norma está asegurada por las expectativas de sanciones positivas, así como por el miedo o la prevención a las negativas, lo que es consecuencia del grado de predominio de las costumbres de cada época y del nivel de interiorización de reglas o pautas a lo largo del proceso de socialización.
Leyes, normas sociales y moralidad
No importa cuánto retrocedamos en el tiempo, la evidencia científica muestra que la vida humana se desarrollo siempre en comunidad. Todo ser humano es, por naturaleza, un ser social. Esto quiere decir que las relaciones sociales de las que participamos son constitutivas de nuestra humanidad. Por otra parte, que la vida comunitaria sea la única vida para las personas no quiere decir que esta vida se encuentre libre de dificultades, tensiones o peleas. Las normas sociales, usos y costumbres, se proponen como criterios para guiar las conductas humanas y hacer posible, entre las personas, la convivencia pacífica y duradera. Estas normas, que permiten la vida en sociedad, son por ejemplo: golpear la puerta antes de entrar, mirar hacia los lados cuando vamos a cruzar la calle, preocuparse por los enfermos, dar el asiento a las personas mayores, tratar con respeto tanto a los conocidos como a los desconocidos, brindar ayuda primero a los niños en caso de accidentes, etc. Estas costumbres nos parecen correctas porque son representativas de nuestra comunidad. Pero estas normas pueden no tener el mismo valor en otras comunidades. Cuando las sociedades se desarrollaron y se volvieron más complejas, aparecieron normas que, teniendo como origen los usos y costumbres de la comunidad, tomaron fuerza de ley, esto es, su cumplimiento se volvió obligatorio. A diferencia de las normas sociales que se producen y reproducen en el seno de las comunidades, las leyes son dictadas por una autoridad que tiene también el poder para hacerlas cumplir por la fuerza. En casi todos los países esta autoridad se encuentra instituida y recibe el nombre de Estado. Las leyes son, normas obligatorias que impone el Estado con el objetivo de ordenar la vida social, y cuyo incumplimiento deriva en una sanción. Por ejemplo, las leyes de tránsito que obligan a los conductores a frenar ante un semáforo en rojo o a permitir el paso de un peatón establecen sanciones cuando se verifica su incumplimiento. Más allá de las costumbres que constituyen las normas sociales y las leyes que regulan la vida comunitaria, se encuentran las normas que valoran las actitudes y acciones humanas como buenas o malas. Estas son las normas morales, que son valoraciones, actitudes y, en general, reglas de conducta que toda persona posee y que le permiten actuar separando lo que creen correcto de lo incorrecto. Pero, al igual que las normas sociales y las leyes, las normas morales no son individuales , y solo tienen sentido en el interior de las relaciones sociales donde se establecen y legitiman.
Tipos de normas:
Como dijimos anteriormente, las normas son pautas de comportamiento social. Podemos diferenciar las normas morales y las jurídicas (aunque también existe la norma religiosa, doctrina rectora que impone pautas morales, propia de las diferentes corrientes teológicas). Entonces, norma moral, es un conjunto de principios rectores internos de la conducta humana que indican cuales son las sanciones buenas o malas para hacerlas o evitarlas. La moral solo regula los actos internos, la causa psicológica que produce la conducta humana, su sanción se da con "el cargo de conciencia" y la sanción negativa del propio grupo social. Las normas jurídicas, son aquellas disposiciones que el poder público, por medio de sus órganos legislativos, señala como obligatorias a la obediencia general y en caso de inobservancia las hace cumplir de acuerdo a los órganos judiciales. Son reglas de conducta sancionadas por el Estado, que establece derechos y obligaciones recíprocos. Osea que, la existencia de normas jurídica son posteriores a la formación de un Estado. Las normas sociales también pueden ser clasificadas o agruparlas dentro de sistemas normativos según el grado de la sanción que se aplica al infractor.
Con este sistema obtenemos una clasificación de los comportamientos desviados según su gravedad:
· Normas penales: son las recogidas en el código penal, que representa el núcleo duro de cualquier sistema social. Recoge las normas que tutelan los bienes fundamentales del grupo social (la vida, la propiedad, las instituciones, etc). El incumplimiento de estas es un delito, y convierte al autor en delincuente. Conlleva el tipo de sanción mas grave: la pena.
· Normas jurídicas: son las normas contenidas en reglamentos u ordenamientos, su violación es un acto ilícito y conlleva sanciones de tipo pecuniario o administrativo.
· Normas sociales: es un amplio grupo de normas socialmente reconocidas, como la moda, la tradición, los usos y costumbres, etc. Su incumplimiento no implica una sanción institucionalizada, aunque sí algún tipo de recriminación o reproche social. En las últimas décadas existe la tendencia a reconceptualizar estos comportamientos de desviados en diversos
· Moral individual: son las normas autoimpuestas, del tipo no comeré nunca en un McDonald's. Incumplirlas tiene escasa relevancia social, pero puede ser calificado como hipocresía.
Procesos de interacción social
Cooperación:
considerado como el interés común entre dos o más personas para
alcanzar un objetivo compartido. Ejemplo: en la dinámica de una cooperativa,
sus integrantes trabajarán desplegando un esfuerzo continuo para obtener
resultados comunes.
Competencia:
dos o más personas o grupos disputan un logro u objetivo
limitado, que puede ser compartido, por eso se da una competencia. Ejemplo: un
partido de fútbol.
Conflicto: oposición,
antagonismo; cuando la competencia se agudiza, cada parte busca aniquilar al
adversario, el grado máximo de oposición es la regla declarada. Ejemplo:
enfrentamientos bélicos.
Acomodación:
proceso social que intenta solucionar las consecuencias que
resultaron de la oposición. Supone un ajuste recíproco de las partes a los
acuerdos resultantes. Ejemplo: los tratados de paz.
Asimilación:
proceso en el cual un grupo se integra a otro, adoptando sus
pautas culturales en reemplazo de las suyas. Ejemplo: los inmigrantes que
adoptan las costumbres de la sociedad en donde residen.
NORMAS
· Las normas son pautas o reglas que regulan la conducta, el comportamiento del hombre en sociedad.
· Las normas son reglas sobre lo que las personas debemos o no debemos hacer, pensar, sentir en cada situación en que nos encontramos.
· Las normas varían de una cultura a otra y dentro de una cultura varían según los espacios y los tiempos.
· Todas las normas sociales, van acompañadas de sanciones que pueden ser recompensas o castigos
Según Giddens las sanciones pueden ser:
· Positivas (ofrecen recompensas por la conformidad).
· Negativas (castigan por un comportamiento no conformista).
Las sanciones pueden ser:
· Formales, cuando un cuerpo o una agencia tienen como tarea asegurarse de que se respeten una serie de normas.
· Informales, cuando las reacciones son espontáneas frente a la no conformidad.
La forma de sancionar ha evolucionado:
· Restitución: autodefensa, ley del talión, ojo por ojo.
· Indemnización: sistema de composiciones.
· Pena: solución de conflictos con el surgimiento de un individuo u órgano que tiene a su cargo la imposición de sanciones, pasa de ser un asunto privado a uno público.
1. NO JURÍDICAS: que carecen de una organización con poder para controlarla.
Morales: establecen lo que una sociedad considera correcto o incorrecto, justo o injusto (ayudar al prójimo, no mentir).
Religiosas: regulan la relación entre los hombres y la divinidad en la que creen (orar).
Sociales: establecen las formas usuales de comportarse,la cortesía, las buenas costumbres (saludar, dar las gracias).
Técnicas: determinan, desde el conocimiento tecnológico, la manera de hacer algo.
2. JURÍDICAS: que son impuestas y controladas por el Estado. Regulan, a partir de una organización formal, la conducta externa de las personas en relación a los demás.
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